La imputabilidad significa atribuir a alguien las consecuencias de su
obrar, para lo cual el acto debe ser realizado con discernimienton,intención y libertad. Por eso no resultan
imputables (son inimputables), los dementes los niños pequeños, las personas en
estado de ebriedad no provocada para cometer el hecho, o sobre quienes se haya
ejercido violencia o que actuen en legítima defensa.
Desde 1980, en plena dictadura, se bajó la edad de imputabilidad, de 18 a
16 años, es decir, que se toma en cuenta a partir de los 16 años que una
persona tiene la facultad y el raciocinio para aceptar sus acciones. El debate
en la actualidad es si bajar o no la edad de imputabilidad a los 14 años y si
eso es una solución al problema o solo una consecuencia que solo tendrá efectos
negativos.
El Senado le dio media sanción en 2009 al proyecto de ley de
Responsabilidad Penal Juvenil. Sin embargo, como la Cámara de Diputados no lo
trató a tiempo, perdió vigencia, y la posibilidad de contar con una nueva norma
volvió al punto de inicio.
El
proyecto bajaba la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. Sin embargo, y a
pesar de que lo que comúnmente se creía, si prosperaba la iniciativa en la
Cámara Baja, las penas de encierro en institutos a los jóvenes de 14 y 15 años
iban a ser sumamente excepcionales y con penas privativas de libertad limitadas
en el tiempo.El proyecto disponía que personas de esa franja etaria sólo podrán ser encerradas en institutos para menores (distintas a las cárceles de adultos) cuando cometan delitos “con resultado de muerte o por delitos contra la integridad sexual reprimidos con pena mínima superior a los cinco años de prisión o reclusión”. En estos casos, “el plazo máximo de esta sanción no podrá exceder de tres años”. Además, preveía instancias supletorias del proceso penal, como la mediación, la conciliación, todas inéditas en el sistema penal argentino.
La media sanción perdió vigencia debido a que pasaron dos años sin que la Cámara Baja tratara la iniciativa. Además, aseguraron que en la Comisión de Legislación Penal por ahora no incluyó en el temario el tratamiento de proyectos similares. Así, hoy sigue rigiendo la ley 22.279, llamada Régimen Penal de la Minoridad, que ya tiene 32 años de vigencia
No hay comentarios:
Publicar un comentario